En septiembre de 2017 fue promulgada la ley que despenaliza el aborto en tres causales, permitiendo interrumpir el embarazo en caso de inviabilidad fetal, riesgo de vida de la madre y/o violación.
Según el “Monitoreo social a la implementación de la Ley de Interrupción del Embarazo en 3 Causales”, investigación realizada por la Mesa Acción por el Aborto y Fondo Alquimia, la desinformación y la imposición de ideologías que están en contra de este derecho pueden causar daños gravísimos en las mujeres que quieren abortar, incluso pasando a llevar su dignidad.
El mismo informe indicó que una de las grandes problemáticas de la implementación de la ley es la poca información disponible. Es por eso que a continuación te dejamos preguntas y respuestas básicas para que conozcas cuáles son los derechos que tienen las mujeres chilenas que se encuentran en las causales que están en la norma.
¿Cómo puedo expresar mi voluntad de abortar?
De forma literal, previa y debes dejar por escrito la voluntad de interrumpir el embarazo, de lo contrario la manifestación no será válida. Para personas con discapacidad sensorial, visual o auditiva, mental psíquica o intelectual, que no hayan sido declaradas interdictas y que no puedan darse a entender por escrito, la ley señala que deben disponerse medios alternativos de comunicación para que puedan prestar su consentimiento.
En el caso de las niñas menores de 14 años, necesitan autorización de su o sus representantes legales, y en caso de que esta sea negada, se podrá solicitar un permiso judicial sustitutivo.
¿Cuáles son nuestros derechos?
La ley estipula que las mujeres tenemos derecho a obtener información sobre: las características de la prestación médica, alternativas sobre la interrupción del embarazo, programas de apoyo social, económico y de adopción disponibles. Además, poseemos el derecho de optar a un programa de acompañamiento antes y después de haber tomado la decisión de interrumpir o no el embarazo, siendo respetuoso con la libre decisión. En el caso de la causal de violación, se tiene que entregar información necesaria para presentar una denuncia.
Es importante tener en cuenta que la entrega de la información en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad de la mujer.
¿Qué requisitos tiene cada causal?
- Riesgo vital de la mujer: Requiere diagnóstico médico.
- Inviabilidad fetal: Se necesitan dos diagnósticos médicos en igual sentido de médicos especialistas.
- Violación: Requiere que un equipo de salud confirme la concurrencia de los hechos que constituyen la causal y la edad gestacional. Este equipo debe dar y garantizar a la mujer un trato digno y respetuoso.
En la causal de violación, ¿es obligación hacer la denuncia?
La ley distingue entre menores de 18 años y mayores de edad:
- Menor de 18 años: los jefes de establecimientos hospitalarios o clínicas particulares en que se solicite la interrupción del embarazo procederán de oficio, es decir, sí deberán denunciar independiente a lo que quiera la víctima. Deberán, además, notificar al Servicio Nacional de Menores.
- Mayor de 18 años que no ha denunciado el delito: los jefes de establecimientos hospitalarios o clínicas particulares deberán poner en conocimiento del Ministerio Público (Fiscalía) este delito, con la finalidad de que investigue al o los responsables. Esto independiente a lo que quiera la víctima.
*La participación de la víctima en los actos de la investigación y eventual juicio será siempre voluntaria y no se podrá requerir o decretar en su contra las medidas de apremio.
¿Qué sucede cuando el médico designado para el procedimiento ha manifestado objeción de conciencia?
El centro de salud tiene la obligación de reasignar inmediatamente a otro profesional que no haya manifestado desacuerdo con la interrupción del embarazo. Si no existen profesionales que no tengan objeción de conciencia en el lugar, la mujer deberá ser derivada de forma inmediata para que el procedimiento sea realizado por alguien que no haya manifestado dicha objeción.
¿Y en caso de que la mujer se encuentre en riesgo vital y no haya tiempo para conseguir a otro médico?
La paciente deberá ser atendida por un médico cirujano independientemente de que haya dado o no a conocer objeción de conciencia. El procedimiento tiene que ser realizado.