Ley

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    Este martes 12 de abril, la Sala de Cámara de Diputados aprobó por 113 votos a favor —es decir, de forma unánime— el proyecto de ley de Respeto Callejero, iniciativa impulsada por el Observatorio Contra el Acoso Callejero (OCAC) Chile, que busca tipificar como delito el acoso sexual en espacios públicos. Luego de este trámite, el proyecto ingresa al Senado.

    Este logro se da, justamente, en el marco de la Semana Internacional Contra el Acoso Callejero, contexto en el que la red de OCAC Latinoamérica lanza #NoEsMiCultura, la primera campaña internacional contra esta forma de violencia.

    Durante sus intervenciones en la Sala, los congresistas explicaron por qué votaron a favor del proyecto. “Cuando hay acoso sexual, ya hay un signo de violencia”, comentó el diputado Jorge Sabag. “Deberíamos votarlo lo antes posible. Debería ser ley de la República”, dijo la diputada Alejandra Sepúlveda.

    Por su parte, Bárbara Sepúlveda, abogada y Directora Ejecutiva de OCAC Chile, señaló: “ésta es una señal fuerte de que nuestra voz es la de la mayoría de la ciudadanía, lo que también ha sido expresado en el voto unánime de diputadas y diputados de todas las tendencias políticas. Confiamos que el Senado seguirá esta senda y pronto nuestro proyecto se convertirá en ley”.

    Sepúlveda destacó, además, la labor de OCAC Chile, equipo de personas voluntarias, y dedicó el logro a todas las mujeres y hombres que se reconocen en la causa.

    El proyecto de respeto callejero ingresó al Congreso el 17 de marzo de 2015, con la moción de las diputadas Camila Vallejo (PC), Karol Cariola (PC), Loreto Carvajal, Daniella Cicardini, Yasna Provoste (DC), Karla Rubilar (IND) y Marcela Sabat (RN), y de los diputados Gabriel Boric (IND), Giorgio Jackson (RD) y Vlado Mirosevic (PL). Para mayor información, el Observatorio ha dispuesto la web Respeto Callejero.

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      La medida exige que en los establecimientos de educación secundaria se enseñen las ‘‘diferentes formas de acoso sexual y violencia’’, y se incluyan clases sobre el concepto de consentimiento sexual.

      La iniciativa SB695 se encuentra en espera de la firma del gobernador de California, para que esta se convierta en ley en los próximos días.

      Hace unos días el medio The Guardian, publicó una artículo sobre la nueva ley ‘‘sí significa sí’’, que regula las conductas sexuales en las universidades que reciben fondos públicos de California al momento de investigar denuncias sobre agresiones sexuales, ya que exige que en las relaciones íntimas de los estudiantes haya un consentimiento explícito de las partes. La propagación de esta ley, impulsada por el senador demócrata Kevin De León, no sólo afectó a otras universidades de EE.UU., sino que además, a partir del próximo año, California establecerá una nueva medida en la que se encuentra el concepto de “consentimiento afirmativo” en el curriculum de las escuelas secundarias. La legislación exigirá que estas escuelas posean un componente relativo a la salud reproductiva que consista en enseñar el concepto de “consentimiento afirmativo”, antes de involucrarse en una actividad sexual, como también las ‘‘diferentes formas de acoso sexual y violencia’’.

      La nueva iniciativa de California autoriza solamente a los educadores de las escuelas secundarias para que aborden el concepto de ‘‘sí significa sí’’ con los estudiantes, pero no exige que este se aplique en un delito de agresión sexual. Sin embargo, esta introducción puede ayudar a generar conciencia sobre las expectativas y consecuencias relacionadas con la falta de consentimiento afirmativo antes de ingresar a los establecimientos de educación superior, ya que la infracción de estas políticas puede llevar a la expulsión del establecimiento.

      Una de cada cinco universitarias ha sufrido algún tipo de agresión física, sexual o amenazas de violencia física durante su educación, según la ‘‘Asociation of Title IX Administrators’’ (‘‘Asociación de administradores del Título IX’’ o ATIXA por sus siglas en inglés). Los educadores señalan que esta realidad hace que sea esencial enseñar a los jóvenes la idea de ‘‘sí significa sí’’ antes de que ingresen a las instituciones de educación superior.

      Emilie Mitchell, una profesora ayudante de psicología que enseña sexualidad en el distrito de la Universidad de Los Rios Community, afirma que la mayoría de las universidades con políticas de consentimiento afirmativo exigen que los estudiantes se sometan a una orientación sobre conductas sexuales cuando ellos comienzan la escuela, que por lo general es cuando se exponen por primera vez a esta noción. ‘‘Incluso en el caso de la infancia existen maneras de explicar los límites en relación con el cuerpo y con el comportamiento de una persona, que son la base del consentimiento afirmativo. Tienes el derecho de decir: ‘no me gusta lo que estás haciendo y quiero que te detengas’. Alguien no toma la mochila de otro o se sienta en su puesto sin su permiso, esto no tiene nada que ver con sexo, pero aun así es la base del consentimiento afirmativo’’.

      Según Jocelyn A. Lehrer, autora del libro ‘‘Violencia sexual y en el cortejo en estudiantes universitarios chilenos’’, en EE.UU., estos problemas en personas jóvenes empezaron a ser estudiados en la década de los 80. Los análisis de encuestas a estudiantes universitarios encontraron altas tasas de violencia en el cortejo (agresión física, sexual o psicológica que puede ocurrir en una cita casual o dentro de una relación romántica con más compromiso) y de violencia sexual (experiencias sexuales no deseadas que pueden ir desde un beso forzado a la violación). Gracias a estos datos es que se pudo identificar la violencia sexual y la violencia en el cortejo en gente joven, como un problema de salud pública que debía ser considerado por las autoridades.

      Sin embargo, en Chile este problema no ha recibido la misma atención. Los resultados de los análisis basados en la Encuesta de Bienestar Estudiantil del año 2005 muestran una alta prevalencia de ambas formas de violencia en esta muestra. El 26% de las alumnas reportó algún incidente físico de violencia en el cortejo y el 31% algún incidente de violencia sexual desde los 14 años. En la muestra de varones, las cifras fueron 38% y 20%, respectivamente.

      Carmen Andrade, directora de Oficina de Igualdad de Oportunidades de Género en la Universidad de Chile, se refirió a la forma en la que se abordan las denuncias de agresión sexual: ‘‘Creo que hay que cambiar el sistema a nivel global, porque aquí estamos hablando de delitos y no puede haber protocolos que sean independientes de lo que existe en términos de cómo está tipificado el delito o sobre cómo se establecen las denuncias. Pienso que se requiere una modificación global que, entre otras cosas, dé pie para que los protocolos que operen en las universidades y colegios sean coherentes con esas definiciones legales. Por ejemplo, nosotros en la actualidad tenemos una legislación sobre acoso sexual laboral, el delito está tipificado y establece sanciones. Sin embargo hay un procedimiento -tal como lo han dicho las propias trabajadoras de la Asociación Nacional de Funcionarios- que es muy ineficaz, en primer lugar porque se debe hacer una denuncia al superior jerárquico, el que instruye un sumario y el cual puede ser lento, engorroso, burocrático y muchas veces no da garantías a las víctimas de que se llegará a un resultado que proteja sus derechos. Finalmente tenemos una legislación pero no tenemos un procedimiento eficaz. Tú puedes hacer un procedimiento al interior de las universidades y los colegios, que estimo muy necesario, pero no basta con eso. Tienen que haber modificaciones en la ley general.’’

      Refiriéndose a la nueva ley que regirá en los establecimientos educacionales en California, “sí significa sí”, Andrade estima que: “Apunta a resolver un problema que nosotros como sociedad chilena también lo tenemos, en donde muchas veces se pone en duda los testimonios de las víctimas o se exige un tipo de comportamiento en el que se demuestre que pusieron en riesgo su integridad física para poder defenderse. De lo contrario, se supone que lo que se está diciendo no es verdad.  En ese sentido, creo que la exigencia de estándares es absolutamente inaceptable.’’

      Imagen: The Guardian

      Por: Alejandra Pizarro

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        Chile está en deuda con la mitad de su población: con las mujeres y niñas víctimas de acoso sexual callejero. Y la deuda crece al sumar a los varones y LGBT que lo sufren. ¿Qué ha hecho nuestro país para contrarrestar este fenómeno? Poco o nada. Chile está en deuda, pero puede enmendar y aprender de las experiencias exitosas de otros países, que han decidido combatir el acoso callejero.

        Tal es el caso de Bélgica, donde el acoso sexual callejero se visibilizó por del documental “Femme de la Rue” (Mujer de la calle), que mediante una cámara oculta mostró las diversas formas de acoso en las calles de Bruselas. Gracias al documental, se expuso en el tapete público una realidad que muchas mujeres belgas experimentaban a diario, lo que luego se materializó en la creación de una ley para combatir el acoso sexual callejero.

        Específicamente, la ley belga contra el sexismo define el acoso callejero como cualquier acción o conducta que tenga el evidente propósito de expresar desprecio por un persona o considerarla inferior, a causa de su género, dañando su dignidad. Bélgica ya contaba con una ley para luchar contra la discriminación entre hombres y mujeres, pero en palabras de la Ministra Federal de Igualdad de Oportunidades, Joanne Milquet, era necesaria “una gama de facultades mucho más amplias para poder enfrentar el acoso callejero”, por lo que la ley anti sexista apunta a complementar dicha normativa.

        Asimismo, esta norma considera variedad de circunstancias: reuniones o lugares públicos, en un lugar no público, pero abierto a una cantidad de personas con derecho a reunirse allí; en cualquier lugar en presencia de la persona ofendida y delante de testigos; a través de documentos, impresos o no, ilustraciones o símbolos, que hayan sido distribuidos, vendidos, o expuestos públicamente, o a través de un escrito o documento no hecho público, pero enviado o comunicado a varias personas.

        La preocupación por legislar no sólo ha surgido en Europa, sino también en Latinoamérica. Perú y Paraguay tienen proyectos de ley en tramitación, que abordan el acoso sexual callejero desde una perspectiva integral, apuntando a la participación de diversos ministerios, con el fin de prevenir este tipo de prácticas dentro de un contexto global de violencia contra la mujer.

        Y mientras tanto, en Chile, la deuda persiste: nuestra única iniciativa legislativa relacionada al acoso sexual callejero es del año 2011, cuando un grupo transversal de diputados presentó un proyecto de ley que tipificaba el delito de acoso sexual en público. Sin embargo, este proyecto no avanzó en su tramitación legislativa y solo consideraba las situaciones de acoso sufridas por mujeres.

        Así, la legislación chilena se queda corta a la hora de enfrentar el acoso sexual callejero y entregar respuestas a sus posibles víctimas. Y aunque el tema haya logrado posicionarse en la discusión pública, esto no se ha materializado en acciones concretas por parte de los legisladores, quedándonos relegados en comparación a la experiencia internacional.

        Parte del trabajo de OCAC Chile es tomar medidas concretas para combatir el acoso callejero, siendo una de ellas la creación de un proyecto de ley con un enfoque comprehensivo. Como Observatorio, consideramos necesaria la tipificación de esta conducta, un paso necesario para enfrentar de manera real las prácticas de acoso y abuso sexual callejero. Sólo así comenzaremos a saldar esta deuda con quienes sufren sistemáticamente esta violencia sexual.

        *Columna escrita por Constanza Parada, originalmente para El Quinto Poder

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          Esta semana, OCAC Chile presentará al Congreso su proyecto “Ley de Respeto Callejero”, que sanciona el acoso sexual en los espacios públicos. ¿En qué consiste esta propuesta y por qué es necesaria?

          Uno, porque el acoso callejero es violencia, afecta a tres de cada cuatro personas y lo sufren tanto hombres como mujeres. Además, el 90% de la gente opina que debe sancionarse.

          Dos, porque hoy no existe una figura legal para denunciar y proteger a las víctimas. Por ello, proponemos crear la falta y el delito de acoso callejero. Serán falta actos como frases sexuales, exhibicionismo y persecución, que podrían sancionarse con multas en dinero. También se inscribe en el Código Penal el delito de acoso callejero, que acogerá los ataques que actualmente la ley no considera dentro del abuso sexual, como “manoseos”, “agarrones” y “punteos”, que podrían sancionarse con presidio.

          Tres, porque nadie irá a la cárcel por “piropear”. No es meta de OCAC Chile criminalizar meramente el hecho ni privar a las personas de su libertad, por ello, el proyecto establece sanciones alternativas, como asistir a sesiones de sensibilización sobre acoso callejero o pedir disculpas públicas. La privación de libertad será la última opción, aplicada sólo cuando haya reincidencia o cuando la agresión vulnere a grupos con dificultades para defenderse, como niños, niñas o embarazadas.

          Cuatro, porque contempla un foco educativo y preventivo. Paralelo al proyecto de ley, OCAC Chile presentará al Gobierno un conjunto de recomendaciones para impulsar políticas públicas educativas y preventivas, como programas de sensibilización para policías y conductores del transporte público.

          Con la “Ley de Respeto Callejero”, Chile se sumará a los países de Latinoamérica y Europa que ya han avanzado hacia normativas que abordan, previenen y sancionan el acoso sexual callejero. Gracias a esta ley, como ciudadanía, por fin contaremos con una herramienta que nos permita usar la calle con libertad, seguridad y sin violencia.

          Columna escrita por Pamela Olivares, publicada originalmente en HoyxHoy.

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            No es meta de OCAC Chile encarcelar y criminalizar a quienes cometen acoso callejero. Al contrario, creemos en el poder de la sensibilización y de la educación, por eso, hemos propuesto medidas alternativas.

            Vamos a partir con la verdad: nadie irá a la cárcel por decir “piropos” en el espacio público. Ese temor es sólo un mito. El proyecto de ley que sanciona el acoso sexual callejero, que esta semana fue presentado por OCAC Chile en el Congreso, es mucho más amable y astuto que eso.

            Primero, la idea de legislar se basa en una cuestión social grave, que hemos denunciado desde 2013 y que este año, gracias a nuestro segundo estudio, fue validada por la ciudadanía. En el último año, tres de cada cuatro personas ha sufrido acoso callejero, afectando especialmente a mujeres jóvenes. Asimismo, las víctimas y los testigos de acoso no son indiferentes: más del 90% opina que es necesario sancionar estas agresiones. El problema existe y es innegable.

            Como respuesta, en OCAC Chile elaboramos el proyecto “Ley de Respeto Callejero”, que incorpora a la legislación chilena toda manifestación de acoso callejero, desde la más leve hasta la más grave, porque consideramos esta forma de violencia en su globalidad y proponemos que la normativa también lo haga. Sin embargo, entendemos que no es igual recibir un comentario sexual al oído, que sentir genitales ajenos en medio de un tumulto. El proyecto se hace cargo de esa diferencia y propone tipificar faltas y delitos.

            Todo contacto corporal, de connotación sexual y no consentido, como “punteos” o “agarrones”, será considerado delito. El acoso callejero sin contacto físico, como frases sexuales, toma de fotografías, masturbación o persecución, será falta. En el proyecto, proponemos, como máximo, multas de 20 UTM para las faltas y de 540 días de presidio para los delitos. Pero, honestamente, esperamos que dichas sanciones no sean aplicadas.

            Qué queremos decir. El objetivo esencial de tipificar faltas no es repartir multas a destajo por cada comentario sexual que ocurra en el espacio público, sino empoderar a las víctimas, quienes necesitan acogida luego de sufrir una agresión. Hemos leído decenas de testimonios en los que las personas lo único que buscan tras un episodio traumático es que la autoridad las considere y levantar una alerta para prevenir futuros ataques.

            En la actualidad, si una persona acude a Fiscalía, PDI o Carabineros para denunciar acoso callejero leve, no encuentra acogida, ya que las policías no pueden iniciar procesos por faltas que no existen. De todos modos, algunos funcionarios bien intencionados inscriben las agresiones bajo otras tipificaciones. El problema: las denuncias de acoso callejero se pierden en cifras negras, dificultando la creación de políticas públicas que traten el asunto.

            Este vacío legal es alarmante cuando ocurre acoso callejero grave. Un caso: ¿qué pasa si una adolescente quiere denunciar que una persona mayor tocó sus pechos sin su consentimiento? Nada, hoy no pasa nada, porque la legislación chilena exige que haya contacto genital, anal o bucal para constituir el delito de abuso sexual. En consecuencia, las víctimas que sufren agresiones como “punteos” o “manoseos” quedan desamparadas. Así, el proyecto de OCAC Chile crea el delito de acoso callejero en el Código Penal, que corresponde a agresiones sexuales lesivas, que hasta ahora eran inexistentes para la legislación.

            De este modo, la “Ley de Respeto Callejero”, en primera instancia, es una herramienta para las víctimas, sean éstas hombres o mujeres. En segundo término, como ya decíamos, establece sanciones. No es meta de OCAC Chile encarcelar y criminalizar a quienes cometen acoso callejero. Al contrario, creemos en el poder de la sensibilización y de la educación, por eso, hemos propuesto medidas alternativas. Las multas y la pena privativa podrán sustituirse por asistir a, mínimo, cinco sesiones de sensibilización sobre acoso callejero o, en el caso de falta por acoso verbal o no verbal (comentarios sexuales, abordajes intimidantes), la multa podrá ser reemplazada por disculpas públicas.

            Con todas estas alternativas, apelamos a que el presidio sea la última opción, que se aplique solamente cuando exista reincidencia o cuando la agresión vulnere los derechos de los grupos que tienen más dificultades para defenderse, como niños, niñas o embarazadas.

            La cárcel no sólo priva a las personas de su libertad, sino que segrega e impide vivir en diversidad. Las medidas alternativas de este proyecto apuntan precisamente a eso, al cambio cultural a partir del reconocimiento del otro u otra. Por eso las disculpas públicas, por eso la educación. No pretendemos que la gente deje de acosar por miedo, sino que a través del aprendizaje comprenda que sus actos son dañinos y atentan contra los derechos de los demás.

            Por último, para que la transición desde el acoso callejero al respeto callejero sea completamente sana, en paralelo hemos entregado al Ejecutivo un conjunto de recomendaciones para impulsar políticas públicas educativas y preventivas. Por ejemplo, sugerimos capacitar a Carabineros y PDI sobre acoso callejero, ya que serán estas policías las que realicen las futuras denuncias. O, también, sensibilizar a conductores de transporte público, para que sepan cómo actuar ante una situación de acoso.

            De ser aprobado, este proyecto sería un tremendo primer paso, uno imprescindible, para avanzar hacia espacios públicos seguros, donde se respete y se resguarde la libertad sexual no sólo de las mujeres, adolescentes y niñas, sino de toda la ciudadanía. Ésa es la voluntad de OCAC Chile y ése es el espíritu que impulsa esta propuesta de ley.

            Columna escrita por el equipo de OCAC Chile, publicada originalmente The Clinic.