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    "Preocupa que esta nueva ley contemple proceso de regularización elaborado bajo una premisa segregadora hacia las personas migrantes (...)"

    DERECHOS DE AUTOR: IGNACIO MUÑOZ / AFP

    Tras aproximadamente 8 años de espera, el domingo 11 de abril de 2021 el Presidente Sebastián Piñera promulgó la nueva ley de migraciones. Esta norma busca modernizar nuestra actual legislación migratoria compuesta por el Decreto Ley 1.094 y su Reglamento, que datan de la época de la dictadura de Pinochet (1975 y 1984 respectivamente), y que contienen un enfoque que concibe a la persona migrante como el enemigo externo, sin hacer mención alguna a las personas migrantes como sujetos/as de derechos.

    Delante de una frontera altamente militarizada y habiendo presenciado actuaciones ilegales de expulsión masiva de migrantes por parte del Estado en las últimas semanas, el Presidente hace presente la necesidad de contar con una nueva ley de migraciones para “poner orden en nuestra casa” añadiendo que “(n)o queremos que ingrese a nuestro país el crimen organizado, el narcotráfico, el contrabando, el tráfico y trata de personas o aquellos que no respetan nuestras leyes”.

    Una vez más, los dichos del Presidente levantan graves prejuicios hacia las personas migrantes, principalmente hacia aquellas que han ingresado a Chile por pasos no habilitados, construyendo un imaginario del/la sujeto(a) migrante como una amenaza, lo que sólo contribuye a (re)producir conductas de discriminación y racismo hacia estos grupos. Los dichos del Presidente forman parte de una estructura estatal y patriarcal que en cada una de sus políticas, normas y actuaciones perpetúa la violencia hacia las personas migrantes.

    Bajo esta misma lógica, preocupa que esta nueva ley contemple proceso de regularización elaborado bajo una premisa segregadora hacia las personas migrantes que ingresaron a Chile por paso no habilitado. Esto, toda vez que su artículo 8 transitorio sólo permite que las personas que hayan ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encuentren en condición migratoria irregular puedan someterse al proceso de regularización en Chile. En contraposición, quienes ingresaron al país por paso no habilitado, sólo se les entrega la opción de salir de Chile dentro del plazo de 180 días desde la publicación de esta ley, sin recibir sanciones.

    Si bien no podemos desconocer que existen elementos positivos en la nueva ley de migraciones, tales como el reconocimiento de la protección complementaria y el reconocimiento a la no criminalización de la migración irregular, entre otros, preocupa que estas disposiciones no logren consolidarse materialmente en favor de la población migrante. Lo anterior, debido a que es patente que en Chile aún impera una estructura migratoria discriminadora y racista, lo que no sólo queda de manifiesto bajo el explícito discurso del Presidente, sino que también, en parte de las mismas disposiciones de la nueva ley.

    No debemos olvidar que gran parte de los movimientos migratorios ocurridos en la última década obedecen a importantes crisis humanitarias que atraviesan diversos países de nuestra región. En ese sentido, consideramos que el enfoque discriminatorio, criminalizador y securitista imperante está lejos de ser la solución, pues para ello se requiere un diálogo regional con enfoque de integración, perspectiva de derechos humanos y de género.

    Como organización feminista no podemos tolerar el racismo, segregación y xenofobia que se esconden tras leyes como esta.

    Constanza Canepa – Voluntaria Jurídica
    Observatorio Contra el Acoso Chile – OCAC
    14/04/2021

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      Acoso Sexual es violencia

      Nuevamente nos unimos a la Semana Internacional Contra el Acoso Callejero. Somos más de 100 organizaciones en alrededor de 40 países del mundo que decimos: NO AL ACOSO SEXUAL CALLEJERO.

      Desde el 11 al 17 de abril seguimos realizando este esfuerzo colectivo que permite sensibilizar y visibilizar el Acoso Sexual Callejero (ASC) como una violencia que debe erradicarse. Pues no solo constituye una forma de agresión sexual, sino que además afecta desproporcionadamente a las mujeres y niñas, reforzando las desigualdades de género que existen en nuestra sociedad. 

      Desde OCAC, hemos definido este tipo de acoso como toda acción con connotación sexual explícita o implícita no consentida, que es ejercida por una persona o un grupo de personas, en el espacio público o semipúblico. Además, como toda forma de violencia, este acoso suele generar malestar psicosocial y/o sufrimiento en la persona afectada.

      El acoso sexual callejero suele manifestarse a través del acoso no verbal, verbal, físicomediante registro audiovisual, y mediante persecuciones.

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      El año 2020, en el marco del proyecto Juntas en Acción, y con el co-financiamiento de la Unión Europea, El OCAC realizó el estudio Radiografía del Acoso Sexual en Chile. 

      En él se da cuenta de que el fenómeno del Acoso Sexual Callejero es vivido de manera sistemática, especialmente por mujeres, ocurriendo incluso varias veces en un mismo día. 

      Las cifras son claras, e indican que:

      •  9 DE CADA 10 MUJERES DE ENTRE 27 y 38 AÑOS HA VIVIDO ASC
      • 1 DE CADA 10 MUJERES RECUERDAN HABER COMENZADO A SUFRIR ESTE TIPO DE ACOSO LUEGO DE CUMPLIR LOS 18 AÑOS
      • 7 DE CADA 10 ANTES DE CUMPLIR LOS 18 AÑOS
      •  1 DE CADA 10 LO SUFRE ANTES DE CUMPLIR LOS 11 AÑOS

      Muchas de ellas luego de vivir esta violencia realizan cambios a su vestimenta, cambios en su forma de trasladarse o experimentan sentimientos de malestar que dañan sus autonomías y les impiden trasladarse libremente por los espacios públicos o semipúblicos. 

      Tenemos derecho a transitar libremente, sin ser violentadas. Si vives Acoso Sexual Callejero en Chile, puedes contactar a tu fiscalía local, a la PDI o a carabineros para denunciar en el marco de la Ley 21.153, conocida como la Ley de Respeto Callejero.